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Derechos y Deberes del Usuario Financiero

Constituyen buenas prácticas de los usuarios financieros, en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, las siguientes:

  • 1

    Informarse sobre las instituciones que se encuentran debidamente autorizadas y supervisadas por la CNBS.

  • 2

    Elegir con plena libertad los productos y servicios financieros que mejor respondan a sus necesidades particulares.

  • 3

    Informarse sobre las condiciones generales de los productos y servicios que ofrecen las instituciones supervisadas.

  • 4

    Tomar en cuenta las instrucciones y recomendaciones que imparta la institución supervisada o la CNBS, sobre los productos o servicios financieros a través de los diferentes canales físicos o digitales.

  • 5

    Conocer las condiciones en las que se contrata el servicio o producto financiero, requerir y conservar las copias del contrato y todo documento en el que se establezcan las condiciones pactadas. Solicitar, en su caso, información adicional al personal de la institución supervisada.

  • 6

    Informarse sobre las instancias y procedimientos para la presentación de reclamos, quejas y consultas.

  • 7

    Requerir que los productos o servicios, así como los reclamos sean atendidos oportunamente.

  • 8

    Evitar sobre endeudarse con las instituciones supervisadas y con particulares, velando por la economía y bienestar financiero del hogar.

  • 9

    Suministrar información verdadera, suficiente y oportuna a las instituciones supervisadas y a las autoridades competentes en los eventos en que estas la soliciten, para el debido cumplimiento de sus funciones y actualización de datos.

  • 10

    El no ejercicio de las prácticas de protección por parte de los usuarios financieros no implica la pérdida o desconocimiento de los derechos que le son propios ante las entidades supervisadas de las autoridades competentes.

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