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Procedimiento para Reclamaciones ante la CNBS

Si transcurrido el plazo máximo (veinte días hábiles) para recibir la respuesta del reclamo, y el RAP no brindó respuesta por escrito o esta no le es satisfactoria, puede presentar su denuncia ante la Comisión Nacional de Bancos y Seguros a través la Gerencia de Protección al Usuario Financiero, este puede ser de forma física o electrónica y deberá presentar copia de la documentación siguiente:

  • 1

    Copia de la Hoja de reclamación.

  • 2

    Copia de la respuesta brindada por el RAP.

  • 3

    Copia del Documento Nacional de Identificación.

  • 4

    Documentación que soporte el reclamo.

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